Resolución No. 201-4488 y su Prórroga: Todo lo que debes saber sobre la Actualización del RUC

Por Bienvenido Gutiérrez.

La Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá emitió la Resolución No. 201-4488 de 4 de junio de 2025, publicada en la Gaceta Oficial No. 30302 del 17 de junio de 2025. Mediante esta norma se estableció la Campaña de Actualización Obligatoria del Registro Único de Contribuyentes (RUC), un proceso que busca garantizar que los datos de todos los contribuyentes tanto personas naturales como jurídicas estén actualizados, verificados y en concordancia con la realidad actual de sus actividades económicas y de representación legal.

El RUC constituye la identificación tributaria principal en Panamá: para las personas naturales coincide con el número de cédula de identidad personal, mientras que para las personas jurídicas es generado en el momento de su inscripción en el Registro Público. Por ello, mantenerlo actualizado es un deber fundamental que impacta directamente en la relación de cada contribuyente con la administración tributaria.

Inicialmente, la campaña establecía como plazo máximo el 31 de agosto de 2025. Sin embargo, dada la magnitud del proceso y con el objetivo de ofrecer mayor flexibilidad, la DGI emitió la Resolución No. 201-6695 de 12 de agosto de 2025, publicada en la Gaceta Oficial Digital No. 30348 del 21 de agosto de 2025. A través de esta nueva disposición se extendió el periodo de actualización hasta el 31 de diciembre de 2025, brindando así cuatro meses adicionales para que los contribuyentes cumplan con esta obligación sin exponerse a sanciones.

La actualización debe realizarse a través de la plataforma electrónica e-Tax 2.0, ingresando al módulo de “Actualización de Datos RUC”. Allí se deben completar y validar los campos relativos a:

  • Datos de identificación y representación legal.
  • Dirección fiscal y de notificación.
  • Datos de contacto, tales como correo electrónico y teléfono.
  • Actividad económica principal y secundarias.
  • Terceros vinculados.
  • Documentación digital de respaldo (novedad en la campaña 2025).


El incumplimiento de esta obligación puede generar multas que oscilan entre B/. 100.00 y B/. 500.00, dependiendo de la gravedad del caso. Además, la DGI podrá suspender trámites tributarios de quienes no completen la actualización, lo que impactaría directamente en la operatividad de las empresas y en la capacidad de los contribuyentes para cumplir con otras obligaciones fiscales.

Con esta campaña, la DGI busca no solo depurar y organizar la base de datos de contribuyentes, sino también garantizar la integridad, confiabilidad y transparencia de la información tributaria en Panamá. Por esta razón, resulta imprescindible que cada contribuyente asuma este proceso como una prioridad y realice la actualización dentro del nuevo plazo establecido.

En este espacio ponemos a tu disposición tanto el texto completo de la Resolución como una guía práctica de los pasos a seguir, recomendaciones útiles y un resumen de las sanciones aplicables, de manera que puedas cumplir con esta obligación de forma ágil, segura y sin contratiempos.

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